DEFENSORÍA DEL PUEBLO
Indice de Información Clasificada y Reservada - Ley 1712 de 2014
| Nombre de la categoria o serie | Nombre de la información | Idioma | Medio de conservación | Fecha de generación | Nombre del responsable de la produción | Nombre del responsable de la información | Objetivo legítimo de la excepción | Fundamento constitucional o legal | Fundamento jurídico de la excepción | Excepción total o parcial | Fecha de la calificación | Plazo de la clasificación o reserva |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Derechos de Petición - PQRSD-DDHH Y DIH | Peticiones en derechos humanos de colombianos en el exterior | Espanol | Fisico/Electronico | 12/06/2017 | Grupo de Colombianos en el Exterior | Grupo de Colombianos en el Exterior | Información Clasificada-Ley 1712 de 2014, artículo 18 literales a) y b) | Artículo 15 de la Constitución Política de Colombia; Ley 1581 de 2012 artículo 5 Y 6. | Las peticiones tienen información de datos personales sensibles que pueden afectar la intimidad, la vida o a seguridad de las personas. | Total | 12/08/2019 | Ilimitada |
| Historias Laborales | Evaluación del desempeño laboral y comportamental. | Espanol | Fisico/Electronico | 02/02/1991 | Subdirección de Gestión del Talento Humano | Subdirección de Gestión del Talento Humano | Información Clasificada-Ley 1712 de 2014, artículo18, literales a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público, en concordancia con lo estipulado | Artículo 15 Constitución Política de Colombia--Ley 1581 -Art 4: Principio de acceso y circulación restringida. Art 17 Conservar la información bajo las condiciones de seguridad necesarias para impedir su adulteración, perdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento.--Ley 1266 Art 4 Literal 3: Principio de circulación restringida. | En este expediente se presenta información de las calificaciones de los servidores publicos y las concertaciones que realizaron con el jefe inmediato,donde se presentan de manera individual las competencias, debilidades y desempeño laborales de los servidores, aspectos que solo son de interees del servidor y su jefe inmediato. La divulgación de esta información puede afectar la dignidad e intimidad del servidor público. | Total | ilimitada | |
| Actas del Comité de Conciliación | Actas del Comité de Defensa Judicial y Conciliación. | Espanol | Fisico | Oficina Jurídica | Oficina Jurídica | Información Reservada-Ley 1712 de 2014- Artículo 19. Parágrafo. Se exceptúan también los documentos que contengan las opiniones o puntos de vista que formen parte del proceso deliberativo de los servidores públicos. | Ley 1712 de 2014, parágrafo artículo 19 Parágrafo. Se exceptúan también los documentos que contengan las opiniones o puntos de vista que formen parte del proceso deliberativo de los servidores públicos. | Contiene información no sólo de las partes solicitantes, sino que contiene los puntos de vista y opiniones que forman parte del proceso deliberatorio de los miembros de este comité, al igual se encuentran plasmados los argumentos de defensa jurídica que se pueden utilizar en un eventual proceso litigioso | Total | 15 años | ||
| Apoyo | Ficha técnica - Formato eKOGUI | Espanol | Fisico/Electronico | Oficina Jurídica | Oficina Jurídica | Información Reservada-Ley 1712 de 2014- Artículo 19. Parágrafo. Se exceptúan también los documentos que contengan las opiniones o puntos de vista que formen parte del proceso deliberativo de los servidores públicos. | -Ley 1712 de 2014, parágrafo artículo 19 Se exceptúan también los documentos que contengan las opiniones o puntos de vista que formen parte del proceso deliberativo de los servidores públicos. | Contiene información sobre los argumentos de defensa que serán utilizado por la entidad en un eventual proceso judicial. | Total | 15 años | ||
| Conceptos Jurídicos | Concepto del diseño del programa de enajenación | Espanol | Fisico/Electronico | Etapa previa a la salida en venta de las acciones. | Delegada para los Asuntos Constitucionales y Legales | Delegada para los Asuntos Constitucionales y Legales | Información Reservada-Ley 1712 de 2014- Artículo 19. Parágrafo. Se exceptúan también los documentos que contengan las opiniones o puntos de vista que formen parte del proceso deliberativo de los servidores públicos. | Ley 1712 de 2014-Artículo 6 literal k) --Documentos en construcción--. -Ley 226 de 1995 artículo 7. | Se trata del concepto sobre documentos en construcción que contienen información preliminar sobre la venta de activos públicos, que al no ser definitivos y revelarse pueden alterar el mercado público de valores. | Total | 13/04/2022 | Hasta la aprobación del programa de enajenación definitivo por parte del Gobierno |
| Proyectos en DDHH y DIH | Conceptos en proyectos de ley | Espanol | Fisico/Electronico | Delegada para los Asuntos Constitucionales y Legales | Delegada para los Asuntos Constitucionales y Legales | Ley 1712 de 2014- Artículo 19. Parágrafo. Literales a (defensa y seguridad nacional),b (seguridad pública),c (relaciones internacionales),e (debido proceso e igualdad de las partes en los procesos judiciales), g(derechos de la infancia y la adolescencia),i (salud pública). | Ley 1712 de 2014-Artículo 6 literal k) --Documentos en construcción--. | Se trata de documentos en construcción que contiene una información preliminar sobre iniciativas legislativas sujetas a modificaciones y circulación restringida. | Total | Hasta la publicación de la versión definitiva | ||
| Procesos de Investigación en DDHH y DIH | Expedientes por amenazas o violaciones a los DDHH e infracciones al DIH | Espanol | Fisico/Electronico | Dirección Nacional de Atención y Trámite de Quejas, Defensorías Delegadas, Oficina de Asuntos Internacionales y Defensorías Regionales | Dirección Nacional de Atención y Trámite de Quejas | Información Clasificada-Ley 1712 de 2014-Artículo 18 Literal a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público, en concordancia con lo estipulado; | Ley 24 de 1992, Artículo 27 numeral 4o.-Ley 1098 de 2006 Ley de Infancia y Adolescencia artículos 75, 81, 153 y 159.-Ley 1755 de 2015, Numeral 3 del art. 24 Artículo 24. -Ley 1581 de 2012, Artículo 5 y 6. | Los expedientes contienen datos-con información de contacto y-ubicación de victimas de amenazas o vulneraciones a los DDHH e infracciones al DIH. Esta información-serviría para ubicarlos, situación que-los puede poner en riesgo. | Total | Ilimitada | ||
| Procesos de Investigación en DDHH y DIH | Informe de Asistencia al Grupo de Valoración Preliminar- G.V.P. | Espanol | Fisico | Permanente | Dirección Nacional de Atención y Trámite de Quejas. | Dirección Nacional de Atención y Trámite de Quejas. | Información Clasificada-Ley 1712 de 2014-Artículo 18 Literal a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público, en concordancia con lo estipulado; Literal b) --El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad-- | Decreto 1066 de 2015, Artículo 2.4.1.2.2. Principios. Numeral 13 --Ley 1581 de 2012 articulo 5 Datos sensibles. | Se trata de informes donde se consignan los casos estudiados por el G.V.P:, se identifica el Grupo Poblacional/Sub categoria, el nivel de ponderación del riesgo y caso relevantes con datos de personas objeto, ubicación. Esta información-serviría para ubicarlos, situación que-los puede poner en riesgo. | Total | Al momento de su generación | Ilimitado |
| Informes de Asistencia y Participación en Comités Externos | Informe de asistencia y participación en el Comité de Evaluación del Riesgo y Recomendación de Medidas - CERREM | Espanol | Fisico | Permanente | Dirección Nacional de Atención y Trámite de Quejas/ Defensorias Delegadas (atención especializada) | Dirección Nacional de Atención y Trámite de Quejas/ Defensorias Delegadas (atención especializada) | Información Clasificada-Ley 1712 de 2014-Artículo 18 Literal a) --El derecho de toda persona a la intimidad-- Literal b) --El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad-- | Decreto 1066 de 2015, Artículo 2.4.1.2.2. Principios. Numeral 13 --Reserva legal: La información relativa a solicitantes y protegidos del programa de Prevención y protección es reservada. Los beneficiarios de las medidas están obligados a guardar dicha reserva.----Ley 1581 de 2012 articulo 5 Datos sensibles. | Se trata de informes donde se consignan los casos estudiados por el CERREM, se identifica la Población Estudiada, el nivel de ponderación del riesgo, las medidas de protección otorgadas, y contiene casos relevantes con datos de personas objeto, ubicación, medidas de protección. Esta información-serviría para ubicarlos, situación que-los puede poner en riesgo. | Total | Al momento de su generación | Ilimitado |
| Informes de Asistencia y Participación en Comités Externos | Informes de participación en el Comité de Armas del Ministerio de Defensa Nacional | Espanol | Fisico | Mensualmente | Dirección Nacional de Atención y Trámite de Quejas | Dirección Nacional de Atención y Trámite de Quejas | Información Clasificada-Ley 1712 de 2014-Artículo 18 Literal a) --El derecho de toda persona a la intimidad-- | Decreto 2535 de 1993 Artículo 31 --Por medio del cual se expiden normas sobre armas, municiones y explosivos-- --Ley 1581 de 2012 articulo 5 Datos sensibles. | Los informes contienen datos personales, el número de casos estudiados para porte o tenencia de armas, el número de casos autorizados, los autorizados condicionados, y el número de casos negados, el grupo o entidad a la que pertenece y las entidades que participan en la decisión.- | Total | Al momento de su generación | Ilimitado |
| Informes de Asistencia y Participación en Comités Externos | Informes de participación en el Comité Operativo para la Dejación de Armas - CODA | Espanol | Fisico | Permanente | Dirección Nacional de Atención y Trámite de Quejas | Dirección Nacional de Atención y Trámite de Quejas | Información Clasificada-Ley 1712 de 2014-Artículo 18 Literal a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público, en concordancia con lo estipulado; | Ley 1621 de 2013 Articulo 33 | El informe Comité Operativo para la Dejación de Armas- CODA contiene datos personales relacionados con la pertenencia a grupos armados ilegales de hombres, mujeres, niños , adiolecentes, el número de casos estudiados para certificación, el número de casos negados, el número de solicitudes de desmovilización por género y niños, niñas y adolescentes, el número de casos remitidos a otras instituciones, casos específicos con datos y las entidades que participan en la sesión, la reserva es para el acta de sesion que se adjunta con el informe, debido a que contiene asuntos de seguridad nacional.- | Total | Al momento de su generación | Ilimitado |
| Informes de Seguimiento y Control de Gestión | Información inherente a los procesos o casos de representación judicial que se adelantan | Espanol | Electronico | 15/12/1992 | Grupo de Control, Vigilancia y Gestión Estadística | Grupo de Control, Vigilancia y Gestión Estadística | Información Clasificada-Ley 1712 de 2014- Artículo 19 Literal e) -El debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales; | Constitución Política de Colombia, Artículo 29 (debido Proceso) --Ley 1581 de 2012, Artículo 5°. Datos-sensibles. | Es aquella información que se obtiene con ocasión de su defensa técnica dentro de un proceso penal y adquirida con autorización expresa de la persona a quien se le presta el servicio. Por ley, esta custodia , es exceptuada de acceso a la ciudadanía. | Total | Ilimitada | |
| Informes de Asistencia y Participación en Comités Externos | Informes de acompañamiento a audiencias de Justicia y Paz | Espanol | Fisico | Delegada para la Orientación y Asesoría de las Víctimas del Conflicto Armado interno | Delegada para la Orientación y Asesoría de las Víctimas del Conflicto Armado interno | Información Clasificada-Ley 1712 de 2014-Artículo 18 Literal a) --El derecho de toda persona a la intimidad--. - | Articulo 38 Ley 975 de 2005, Los funcionarios a-los que se refiere esta ley adoptarán las medidas adecuadas y todas las acciones pertinentes para proteger la seguridad, el bienestar físico y-psicológico, la dignidad y la vida privada de las víctimas y los testigos, así como, la de las demás partes del proceso. | Estos informes contienen datos de contacto de personas que adelantan procesos judiciales, que son víctimas y/o testigos de vulneraciones a los DDHH por parte de grupos armados ilegales. Compartir la información podría poner en riesgo la seguridad y el bienestar físico o psicológico de las víctimas y/o testigos. | Total | 41640 | Ilimitada | |
| Informes Sobre Situación de DDHH y DIH | Informes de jornadas de violencia basada en género | Espanol | Fisico | Delegada para la Orientación y Asesoría de las Víctimas del Conflicto Armado interno | Delegada para la Orientación y Asesoría de las Víctimas del Conflicto Armado interno | Información Clasificada-Ley 1712 de 2014-Artículo 18 Literal a) --El derecho de toda persona a la intimidad--. - | De conformidad con lo dispuesto en el parágrafo 1° del artículo 156 de la ley 1448 de 2011, con el fin de proteger el derecho a la intimidad de las víctimas y su seguridad, toda la información suministrada con ocasión de esta declaración es de carácter reservado en concordancia con lo establecido en el artículo 15 de la constitución política. | Estos informes contienen datosde contacto de mujeres víctimas de violencia sexual que participan de jornadas de trabajo convocadas por la Defensoría y que rinden su declaración en estas jornadas. La divulgación de esta información afectaría la intimidad de sus víctimas y posiblemente su seguridad. | Total | 41640 | Ilimitada | |
| Apoyo | Sistema de información de la Unidad para las Víctimas - VIVANTO | Espanol | Fisico | Delegada para la Orientación y Asesoría de las Víctimas del Conflicto Armado interno | Delegada para la Orientación y Asesoría de las Víctimas del Conflicto Armado interno | Información Clasificada-Ley 1712 de 2014-Artículo 18 Literal a) --El derecho de toda persona a la intimidad--. - | Ley 1581 de 2012, Artículo 5 y 6. Tratamiento de datos sensibles. Se-prohíbe el Tratamiento de datos sensibles | Estas comunicaciones contienen datos de contacto y residencia de profesionales dedicados a la Defensa de Derechos Humanos que han prestado sus servicios a la Defensoría del Pueblo. Esta información puede generar algún tipo de discriminación o incluso poner en riesgo la integridad de las personas mencionadas. | Total | Ilimitada | ||
| Historias Clínicas Ocupacionales | Historia ocupacional | Espanol | Fisico | 01/02/2018 | Subdirección de Gestión del Talento Humano | Subdirección de Gestión del Talento Humano | Información Clasificada: Ley 1712 de 2014, artículo18, literales a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público, en concordancia con lo estipulado. | Artículo 15 Constitución Política de Colombia Ley 1755 de 2015 Art. 24 Núm. 3 Artículo 24.Informaciones y documentos reservados. Solo tendrán carácter reservado las informaciones y documentos expresamente sometidos a reserva por la Constitución Política o la ley, y en especial: 3. Los que involucren derechos a la privacidad e intimidad de las personas, incluidas en las hojas de vida, la historia laboral y los expedientes pensionales y demás registros de personal que obren en los archivos de las instituciones públicas o privadas, así como la historia clínica. | En este expediente se presenta información personal como reportes médicos, historias clínicas, reportes de salud, recomendaciones medico laborales. Compartir la información podría poner en riesgo la dignidad e intimidad del servidor público. | Total | 01/02/2018 | Ilimitada |
| Registro Único de Víctimas-RUV | Formato Único de Declaración para la solicitud de inscripción en el registro de sujetos de reparación colectiva – étnico | Espanol | Fisico/Electronico | 22/03/2019 | Delegada para los Grupos Étnicos | Delegada para los Grupos Étnicos | Inf. Clasificada-Ley 1712 de 2014, artículo 18 | Artículos 7, 8, 63 y 72 de la Constitución Política. Ley 1448 de 2011. Decretos 4633, 4634 y 4635 de 2011. Ley 70 de 1993 | a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público, en concordancia con lo estipulado; b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad; c) Los secretos comerciales, industriales y profesionales, así como los estipulados en el parágrafo del artículo 77 de la Ley 1474 de 2011.. | Total | 22/03/2019 | 15 años |
| Informes de Asistencia y Participación en Comités Externos | Informe de participación en el Comité de Armas del Ministerio de Defensa Nacional | Espanol | Fisico | 12/07/2017 | Dirección Nacional de Atención y Trámite de Quejas | Dirección Nacional de Atención y Trámite de Quejas | Inf. Clasificada-Ley 1712 de 2014, artículo 18, literal A y B | Decreto 2535 de 1993 Artículo 31 "Por medio del cual se expiden normas sobre armas, municiones y explosivos" Ley 1581 de 2012 articulo 5 Datos sensibles. | Los informes contienen datos personales, el número de casos estudiados para porte o tenencia de armas, el número de casos autorizados, los autorizados condicionados, y el número de casos negados, el grupo o entidad a la que pertenece y las entidades que participan en la decisión. | Total | 22/03/2019 | ILIMITADA |
| Informes de Asistencia y Participación en Comités Externos | Informe de asistencia al Grupo de Valoración Preliminar- G.V.P | Espanol | Fisico | 22/03/2019 | Dirección Nacional de Atención y Trámite de Quejas | Dirección Nacional de Atención y Trámite de Quejas | Inf. Clasificada-Ley 1712 de 2014, artículo 18, literal A y B | Decreto 1066 de 2015, Artículo 2.4.1.2.2. Principios. Numeral 13 Ley 1581 de 2012 articulo 5 Datos sensibles. | Se trata de informes donde se consignan los casos estudiados por el G.V.P:, se identifica el Grupo Poblacional/Sub categoria, el nivel de ponderación del riesgo y caso relevantes con datos de personas objeto, ubicación. Esta información serviría para ubicarlos, situación que los puede poner en riesgo. Se accede únicamente a datos estadísticos. | Total | 22/03/2019 | ILIMITADA |
| Informes de Asistencia y Participación en Comités Externos | Informe de participación en el Comité Operativo para la Dejación de Armas - CODA | Espanol | Fisico | 12/06/2017 | Dirección Nacional de Atención y Trámite de Quejas | Dirección Nacional de Atención y Trámite de Quejas | Ley 1712 de 2014, artículo 18, literal A y B y artículo 19, literal A | Ley 1621 de 2013 Articulo 33 | El informe Comité Operativo para la Dejación de Armas- CODA contiene datos personales relacionados con la pertenencia a grupos armados ilegales de hombres, mujeres, niños , adiolecentes, el número de casos estudiados para certificación, el número de casos negados, el número de solicitudes de desmovilización por género y niños, niñas y adolescentes, el número de casos remitidos a otras instituciones, casos específicos con datos y las entidades que participan en la sesión, la reserva es para el acta de sesión que se adjunta con el informe, debido a que contiene asuntos de seguridad nacional. | Total | 12/06/2017 | ilimitada |
| Actas del Comité de Convivencia Laboral | Actas del Comité de Convivencia Laboral | Espanol | Fisico | 01/01/2012 | Comité de Convivencia Laboral. | Subdirección de Gestión del Talento Humano | Ley 1712 de 2014, artículo 18, literales a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público, en concordancia con lo estipulado. | Constitución Política. Art. 15: "Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar. (...) ". Ley 1010 de 2006. Art. 9. Medidas preventivas y correctivas del acoso laboral “1. Los reglamentos de trabajo de las empresas e instituciones deberán prever mecanismos de prevención de las conductas de acoso laboral y establecer un procedimiento interno, confidencial, conciliatorio y efectivo para superar las que ocurran en el lugar de trabajo”. Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Art. 24 (modificado por art. 1o Ley 1755 de 2015): "Sólo tendrán carácter reservado las informaciones y documentos expresamente sometidos a reserva por la Constitución Política o la ley, y en especial: (...) Numeral 3: Los que involucren derechos a la privacidad e intimidad de las personas". Ley 1581 de 2012. Artículo 4°. "Principios para el Tratamiento de datos personales. (...): f) Principio de acceso y circulación restringida: (...); h) Principio de confidencialidad: Todas las personas que intervengan en el Tratamiento de datos personales que no tengan la naturaleza de públicos están obligadas a garantizar la reserva de la información, (...)". | Documentos que contienen información personal de los Servidores de la Defensoria del Pueblo, cuya divulgación a terceros podría causar daño al derecho a la intimidad. | Total | 25/07/2019 | Ilimitada |
| Certificados de Ingresos y Retención en la Fuente | Certificación de retefuente de funcionarios | Espanol | Fisico/Electronico | Permanente | Subdirección de Gestión del Talento Humano. | Subdirección de Gestión del Talento Humano | Información Clasificada--Ley 1712 de 2014, artículo18, literales a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público, en concordancia con lo estipulado | Artículo 15 Constitución Política de Colombia -Artículo 3 de la Ley 1266 de 2008--Ley 1581 -Art 4: Principio de acceso y circulación restringida. Art 17 Conservar la información bajo las condiciones de seguridad necesarias para impedir su adulteración, perdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento.---Ley 1266 Art 4 Literal 3: Principio de circulación restringida. | En estos documentos se encuentra información detallada de ingresos y deduciones del servidor publico, asi como numero de identificación de los servidores, por lo que la divulgación de esta información puede afectar la seguridad de servidor y su intimidad.- | Parcial | Al momento de su generación | |
| Conceptos Jurídicos | Conceptos jurídicos | Espanol | Fisico | Permanente | Oficina Jurídica | Oficina Jurídica | Información Clasificada-Ley 1712 de 2014, artículo18, literales a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público, en concordancia con lo estipulado, b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad y c) Los secretos comerciales, industriales y profesionales, así como los estipulados en el parágrafo del artículo 77 de la Ley 1474 de 2011. | Título II Capítulo I Constitución Política de Colombia-Artículo 5, Ley 1581 de 2012 | Puede contener datos personales del solicitante y asuntos que comprometan derechos fundamentales como intimidad y otros | Parcial | Al momento de su generación | Ilimitada |
| Acciones de Tutela | Acciones de tutela en la que la entidad es parte, vinculada o interviniente | Espanol | Fisico | Oficina Jurídica | Oficina Jurídica | Información Clasificada-Ley 1712 de 2014, artículo18, literales a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público, en concordancia con lo estipulado, b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad y c) Los secretos comerciales, industriales y profesionales, así como los estipulados en el parágrafo del artículo 77 de la Ley 1474 de 2011. | Constitución Política de Colombia Artículo 15 Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar. De igual modo, tienen derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas. Ley 1581 de 2012 Articulo 5 DATOS SENSIBLES. Para los propósitos de la presente ley, se entiende por datos sensibles aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación, tales como aquellos que revelen el origen racial o étnico, la orientación política, las convicciones religiosas o filosóficas, la pertenencia a sindicatos, organizaciones sociales, de derechos humanos o que promueva intereses de cualquier partido político o que garanticen los derechos y garantías de partidos políticos de oposición así como los datos relativos a la salud, a la vida sexual y los datos biométricos. | Puede contener datos personales del solicitante, asuntos que comprometan derechos fundamentales como intimidad y otros. | Parcial | Ilimitada | ||
| Acciones de Tutela | Intervenciones ante la Corte Constitucional en procesos de tutela por derechos vulnerados | Espanol | Fisico/Electronico | Delegada para los Asuntos Constitucionales y Legales; Corte Constitucional | Delegada para los Asuntos Constitucionales y Legales | Información Reservada-Ley 1712 de 2014-Artículo 19 literales a (defensa y seguridad nacional),b (seguridad pública),c (relaciones internacionales),e (debido proceso e igualdad de las partes en los procesos judiciales), g(derechos de la infancia y la adolescencia),i (salud pública). | Constitución Política de 1991, artículo 15 y Ley 1098 de 2006 - Código de la Infancia y la Adolescencia- artículos 75, 81, 153 y 159. Ley 1581 de 2012 articulo 5. | Documentos y actuaciones que están sujetas a reserva en eventos en los que se encuentren involucrados Niños, Niñas y Adolescentes, con el objeto de garantizar sus derechos. | Parcial | 01/06/2015 | Indeterminado, mientras su publicación afecte los derechos protegidos | |
| Derechos de Petición - PQRSD-DDHH Y DIH | Peticiones en DDHH Y DIH | Espanol | Fisico/Electronico | 09/08/2014 | Defensoría Delegada para Asuntos Agrarios y Tierras | Defensoría Delegada para Asuntos Agrarios y Tierras | Información Clasificada-Ley 1712 de 2014-Artículo 18 Literal a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público, en concordancia con lo estipulado; | Constitución Política de Colombia - Artículo 15 - Derecho a la intimidad personal y familiar y al buen nombre.--Ley 1581 de 2012 - Artículo 4--Ley 1266 de 2008, Artículo 3, 9 y 15. | La información es entregada a la Defensoría del pueblo para efectos de asesorar, acompañar y hacer seguimiento frente a vulneraciones o posibles vulneraciones de los derechos de los campesinos (vida, acceso a la tierras, acceso a asistencia técnica, créditos, participación y organización). En este sentido no está autorizada la divulgación o publicación de los datos personales sin autorización de su titular. | Parcial | 06/03/2019 | Ilimitado |
| Procesos de Investigación en DDHH y DIH | Casos del Programa CERREM | Espanol | Fisico | 09/08/2014 | Unidad Nacional de Protección | Defensoría Delegada para Asuntos Agrarios y Tierras | Información Clasificada-Ley 1712 de 2014-Artículo 18 Literal a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público, en concordancia con lo estipulado; y b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad. | Constitución Política de Colombia - Artículo 11 - Derecho a la vida y Artículo 15 - Derecho a la intimidad--Ley 1581 de 2012 articulo 5 Datos sensibles. --Constitución Política de Colombia - Artículo 11 - Derecho a la vida y Artículo 15 - Derecho a la intimidad--Ley 1581 de 2012 articulo 5 Datos sensibles. --Ley 418 de 1997, artículo 72 | Corresponde a información que es entregada a la Defensoría en el marco de sus funciones, referente a personas que se encuentran dentro del programa de prevención y protección, así como del nivel de riesgo determinado por el CERREM, los cuales no pueden divulgados ser a terceras personas salvo que se trate del directo beneficiario. | Parcial | 06/03/2019 | Ilimitado |
| Procesos de Investigación en DDHH y DIH | Procesos de extinción de dominio ante el Consejo Nacional de Estupefacientes | Espanol | Fisico | 09/08/2014 | Consejo Nacional de Estupefacientes | Defensoría Delegada para Asuntos Agrarios y Tierras | Información Reservada-Ley 1712 de 2014-Artículo 19. Parágrafo. Se exceptúan también los documentos que contengan las opiniones o puntos de vista que formen parte del proceso deliberativo de los servidores públicos. | Ley 30 de 1986, artículo 94 | Corresponde a información que es entregada a la Defensoría en el marco del seguimiento o acompañamiento a casos vinculados en procesos de extinción judicial del dominio, en los cuales versen actas emitidas por el Consejo Nacional de Estupefacientes que revisten carácter reservado y por tanto, no pueden ser divulgadas a entidades públicas ni terceras personas, salvo que medie orden judicial.-Ley 30 de 1986, artículo 94, Parágrafo. Lo temas tratados en el Consejo Nacional de Estupefacientes son reservados. Sus actas tendrán el mismo carácter y, por tanto, solamente podrán ser conocidas por el Señor Presidente de la República y por los miembros del Consejo. | Parcial | 06/03/2019 | 15 años |
| Proyectos en DDHH y DIH | Atención defensorial descentralizada a la población rural en Colombia | Espanol | Fisico/Electronico | 01/01/2015 | Defensoría Delegada para Asuntos Agrarios y Tierras | Defensoría Delegada para Asuntos Agrarios y Tierras | Información Clasificada-Ley 1712 de 2014-Artículo 18 Literal a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público, en concordancia con lo estipulado; | Constitución Política de Colombia - Artículo 15 - Derecho a la intimidad personal y familiar y al buen nombre.-Ley 1581 de 2012 - Artículo 4, literal f El Literal f hace referencia al tratamiento de datos personales, el cual solo podrá hacerse por personas autorizadas por el titular de la información o a quienes estén autorizados por Ley. | En la ejecución del proyecto se puede tener acceso a datos personales de la población objetivo y de los servidores públicos que intervienen en el proceso de atención, promoción y divulgación de los derechos de los campesinos. | Parcial | 06/03/2019 | Ilimitado |
| Informes Sobre Situación de DDHH y DIH | Evaluación de la situación y política pública de derechos de los campesinos | Espanol | Fisico/Electronico | 01/12/2015 | Defensoría Delegada para Asuntos Agrarios y Tierras | Defensoría Delegada para Asuntos Agrarios y Tierras | Información Clasificada-Ley 1712 de 2014-Artículo 18 Literal a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público, en concordancia con lo estipulado; | Constitución Política de Colombia - Artículo 15 - Derecho a la intimidad personal y familiar y al buen nombre.-Ley 1581 de 2012 - Artículo 4 literal f)-Ley 1266 de 2008, Artículo 3, 9 y 15. | En la elaboración de diagnósticos o investigaciones relacionados con derechos de los campesinos, la Delegada ha obtenido información suministrada por las entidades y por la población campesina, la cual contiene datos personales que no pueden ser publicados o entregados sin autorización de su titular. | Parcial | 06/03/2019 | Ilimitado |
| Registro de Reunión | Memorias de reunión Delegada de Asuntos Agrarios | Espanol | Fisico/Electronico | 01/01/2016 | Defensoría Delegada para Asuntos Agrarios y Tierras | Defensoría Delegada para Asuntos Agrarios y Tierras | Información Clasificada-Ley 1712 de 2014-Artículo 18 Literal a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público, en concordancia con lo estipulado; | Constitución Política de Colombia - Artículo 15 - Derecho a la intimidad personal y familiar y al buen nombre.-Ley 1581 de 2012 - Artículo 4-Ley 1266 de 2008, Artículo 3, 9 y 15. -Ley 30 de 1986, artículo 94 -Decreto 1066 de 2015, artículo 2.4.1.2.2. numeral 13- | En el marco de las reuniones internas que realiza la Delegada se tratan todos los asuntos de su competencia y por tanto en las memorias de las reuniones se puede registrar información de datos personales de la población objetivo cuyo carácter es clasificado o relativa al programa de prevención y protección o casos relacionados con extinción judicial del dominio, cuyo carácter es reservado. | Parcial | 06/03/2019 | Ilimitada |
| Apoyo | Sistema de información de la Vigilancia de la Calidad del Agua para Consumo Humano (SIVICAP) | Espanol | Electronico | Permanente | Instituto Nacional de Salud | Delegada para los Derechos Colectivos y del Ambiente | Ley 1712 de 2014-Artículo 18 Literal a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público, en concordancia con lo estipulado; | Artículo 15 Constitución Política | Se trata de una base de datos-a la cual se tiene acceso de manera privilegiada por la función que desempeña la Defensoría del Pueblo--Contiene nombre , NIT, dirección y teléfono de la empresas prestadoras del servicio público | Parcial | Ilimitado | |
| Informes Sobre Situación de DDHH y DIH | Información proceso de desvinculación de niños, niñas y adolescentes de campamentos de las FARC-EP | Espanol | Electronico | 15/05/2016 | Delegada para la Infancia, la Juventud y el Adulto Mayor | Delegada para la Infancia, la Juventud y el Adulto Mayor | Ley 1712 de 2014- Artículo 18 Literal a y b artpiculo 19 literal g. : los derechos de la infancia y la adlescencia | Ley 1098 de 2006. Artículo 33; Comunicado Conjunto #70. La Habana, Cuba. 15 de mayo de 2016, de la mesa de conversaciones para la terminación del conflicto armado; Decreto 1448 de 2016 del 08 de septiembre de 2016 | Información relativa al acuerdo sobre la salida de menores de 15 años de los campamentos de las FARC-EP y elaboración de una hoja de ruta para la salida de todos los demás menores de edad y un programa integral especial para su atención. Código dse la infancia y la Adolescencia artículo 47, 75, 153 y 159. | Parcial | 15/05/2016 | Ilimitado |
| Derechos de Petición - PQRSD-DDHH Y DIH | Peticiones presentadas por individuos y entidades, y las respuestas formuladas por la Defensoría del Pueblo | Espanol | Fisico | Delegada para la Orientación y Asesoría de las Víctimas del Conflicto Armado interno | Delegada para la Orientación y Asesoría de las Víctimas del Conflicto Armado interno | Información Clasificada-Ley 1712 de 2014-Artículo 18 Literal a) --El derecho de toda persona a la intimidad--. - | Ley 1581 de 2012, Artículo 5 y 6. Tratamiento de datos sensibles. Se-prohíbe el Tratamiento de datos sensibles | Los derechos de petición contienen información sobre vulneraciones de derechos humanos o situaciones que amenazan la vulneración de los mismos, y relacionan nombres propios de ciudadanos con datos de contacto y residencia. La divulgación de esta información puede afectar la intimidad del peticionario o puede generar distintos tipos de discriminación. | Parcial | Al momento de la recepción y/o generación de la información. | Ilimitada | |
| Informes de Gestión | Informes contratistas USAID | Espanol | Fisico | Delegada para la Orientación y Asesoría de las Víctimas del Conflicto Armado interno | Delegada para la Orientación y Asesoría de las Víctimas del Conflicto Armado interno | Información Clasificada-Ley 1712 de 2014-Artículo 18 Literal a) --El derecho de toda persona a la intimidad--. - | Ley 1581 de 2012, Artículo 5 y 6. Tratamiento de datos sensibles. Se-prohíbe el Tratamiento de datos sensibles | Estos informes contienen datos de contacto y residencia de profesionales dedicados a la Defensa de Derechos Humanos que han prestado sus servicios a la Defensoría del Pueblo, así como información relacionada con acciones de prevención, promoción y defensa de derechos humanos en comunidades. La divulgación de esta información puede afectar la intimidad de los Defensores de Derechos Humanos o provocar algún tipo de discriminación en las comunidades donde desarrollaron su trabajo. | Parcial | 41640 | Ilimitada | |
| Informes de Asistencia y Participación en Comités Externos | Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las Victimas - SNARIV | Espanol | Fisico | Delegada para la Orientación y Asesoría de las Víctimas del Conflicto Armado interno | Delegada para la Orientación y Asesoría de las Víctimas del Conflicto Armado interno | Información Clasificada-Ley 1712 de 2014-Artículo 18 Literal a) --El derecho de toda persona a la intimidad--. - | Artículo 29, Ley 1448 de 2011: Las autoridades garantizarán la confidencialidad de la información suministrada por las víctimas y de manera excepcional podrá ser conocida por las distintas entidades que conforman el Sistema Nacional de Atención y Reparación de las Víctimas para lo cual suscribirán un acuerdo de confidencialidad respecto del uso y manejo de la-información. | En las actas e informes de asistencia a estos espacios, se relacionan usualmente datos de casos especiales, de víctimas individuales o colectivas, que atraviesan situaciones de amenazas o vulneración a sus derechos. La información que contienen los informes solo es de interés de las entidaes del SNARIV que pueden hacer parte de la solución de las situaciones presentadas. | Parcial | 41640 | Ilimitada | |
| Informes Sobre Situación de DDHH y DIH | Informes de actividades de memoria histórica | Espanol | Fisico | Delegada para la Orientación y Asesoría a las Víctimas del Conflicto Armado Interno | Delegada para la Orientación y Asesoría a las Víctimas del Conflicto Armado Interno | Información Clasificada-Ley 1712 de 2014-Artículo 18 Literal a) --El derecho de toda persona a la intimidad--. - | Articulo 38 Ley 975 de 2005, Los funcionarios a-los que se refiere esta ley adoptarán las medidas adecuadas y todas las acciones pertinentes para proteger la seguridad, el bienestar físico y-psicológico, la dignidad y la vida privada de las víctimas y los testigos, así como, la de las demás partes del proceso. | En estos informes existen datos de contacto y de residencia de víctimas del conflicto armado interno, así como testimonios escritos por ellos mismos acerca de vulneraciones a los DDHH que sufrieron o de los que fueron testigos. La divulgación sin su autorización de la información, puede representar un riesgo para su bienestar físico y para su integridad. | Parcial | 41640 | Ilimitada | |
| Registro y Control de Comunicaciones Oficiales | Formularios y documentos par el control de correspondencia | Espanol | Fisico | Delegada para la Orientación y Asesoría de las Víctimas del Conflicto Armado interno | Delegada para la Orientación y Asesoría de las Víctimas del Conflicto Armado interno | Información Clasificada-Ley 1712 de 2014-Artículo 18 Literal a) --El derecho de toda persona a la intimidad--. - | Artículo 29, Ley 1448 de 2011: Las autoridades garantizarán la confidencialidad de la información suministrada por las víctimas y de manera excepcional podrá ser conocida por las distintas entidades que conforman el Sistema Nacional de Atención y Reparación de las Víctimas para lo cual suscribirán un acuerdo de confidencialidad respecto del uso y manejo de la-información. | En estas planillas se especifican datos de contacto y de residencia de personas, muchas de ellas víctimas del conflicto armado, que interactuan de manera escrita con la dependencia. La divulgación de los datos de residencia de estas personas podría poner en riesgo su bienestar o integridad. Solo se compartirá con entidades del SNARIV en caso de que requieran contactar a la persona, o cuando la misma víctima solicite copia de estos documentos para adelantar algún trámite. | Parcial | 41640 | Ilimitada | |
| Registro Único de Víctimas-RUV | Formularios únicos de declaración sujetos colectivos no étnicos | Espanol | Fisico | Delegada para la Orientación y Asesoría de las Víctimas del Conflicto Armado interno | Delegada para la Orientación y Asesoría de las Víctimas del Conflicto Armado interno | Información Clasificada-Ley 1712 de 2014-Artículo 18 Literal a) --El derecho de toda persona a la intimidad--. - | De conformidad con lo dispuesto en el parágrafo 1° del artículo 156 de la ley 1448 de 2011, con el fin de proteger el derecho a la intimidad de las víctimas y su seguridad, toda la información suministrada con ocasión de esta declaración es de carácter reservado en concordancia con lo establecido en el artículo 15 de la constitución política. | La Ley de víctimas y el mismo Formulario Único de Declaración prohiben la divulgación de la información que se incluye allí. Únicamente puede ser suministrada al mismo declarante o a la Unidad para la Atención y Reparación a las Víctimas. | Parcial | 41640 | Ilimitada | |
| Registro Único de Víctimas-RUV | Formularios únicos de declaración individuales | Espanol | Fisico | Permanente | Delegada para la Orientación y Asesoría de las Víctimas del Conflicto Armado interno | Delegada para la Orientación y Asesoría de las Víctimas del Conflicto Armado interno | Información Clasificada-Ley 1712 de 2014-Artículo 18 Literal a) --El derecho de toda persona a la intimidad--. - | De conformidad con lo dispuesto en el parágrafo 1° del artículo 156 de la ley 1448 de 2011, con el fin de proteger el derecho a la intimidad de las víctimas y su seguridad, toda la información suministrada con ocasión de esta declaración es de carácter reservado en concordancia con lo establecido en el artículo 15 de la constitución política. | La Ley de víctimas y el mismo Formulario Único de Declaración prohiben la divulgación de la información que se incluye allí. Únicamente puede ser suministrada al mismo declarante o a la Unidad para la Atención y Reparación a las Víctimas. | Parcial | 30/08/2019 | Ilimitada |
| Registro Único de Víctimas-RUV | Formatos de acuartelamiento a víctimas | Espanol | Fisico | Permanente | Defensoría Delegada para la Orientación y Asesoría a las Víctimas del Conflicto Armado Interno | Defensoría Delegada para la Orientación y Asesoría a las Víctimas del Conflicto Armado Interno | Información Clasificada-Ley 1712 de 2014-Artículo 18 Literal a) --El derecho de toda persona a la intimidad--. - | De conformidad con lo dispuesto en el parágrafo 1° del artículo 156 de la ley 1448 de 2011, con el fin de proteger el derecho a la intimidad de las víctimas y su seguridad, toda la información suministrada con ocasión de esta declaración es de carácter reservado en concordancia con lo establecido en el artículo 15 de la constitución política. | Estos formatos continene datos de contacto de jóvenes reconocidos como víctimas que solicitan ser desacuartelados de batallones militares. La divulgación pública de esta información puede representar un riesgo para la intimidad o la integridad de estos jóvenes. | Parcial | 41640 | Ilimitado |
| Programas de Promoción y Divulgación de DDHH y DIH | Informes de promoción y divulgación en derechos colectivos y medio ambiente | Espanol | Fisico | 02/01/2017 | Delega para los Derechos Colectivos y Medio Ambiente | Delega para los Derechos Colectivos y Medio Ambiente | Ley 1712 de 2014. Artículo 18. Información exceptuada por daño de derechos a personas naturales o jurídicas. Corregido por el art. 2, Decreto Nacional 1494 de 2015. Es toda aquella información pública clasificada, cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito, siempre que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos: b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad | Constitución Política de 1991. ARTICULO 15. Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar. De igual modo, tienen derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas. | Esta información si bien es de libre acceso, puede tener datos como nombres, direcciones, teléfonos que no se pueden divulgar. | Parcial | 16/02/2018 | 15 años |
| Registro y Control Consulta y Préstamo de Documentos | Formularios y documentos para el control de consulta y préstamo de documentos | Espanol | Fisico | 02/01/1992 | Grupo de Gestión Documental | Grupo de Gestión Documental | Ley 1712 de 2014. Artículo 18. Información exceptuada por daño de derechos a personas naturales o jurídicas. Es toda aquella información pública clasificada, cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito, siempre que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos: a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público, en concordancia con lo estipulado. b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad. | Constitución Política de 1991. Articulo 15. Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar. De igual modo, tienen derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas. En la recolección, tratamiento y circulación de datos se respetarán la libertad y demás garantías consagradas en la Constitución | Estos documentos pueden contener información clasifica acercar de personas, por lo que su clasificación es parcial | Parcial | 01/02/2018 | |
| Registro y Control de Comunicaciones Oficiales | Formularios de control de comunicaciones oficiales | Espanol | Fisico | 02/01/1992 | Grupo de Gestión Documental | Grupo de Gestión Documental | Ley 1712 de 2014. Artículo 18. Información exceptuada por daño de derechos a personas naturales o jurídicas. Es toda aquella información pública clasificada, cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito, siempre que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos: a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público, en concordancia con lo estipulado. b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad | Constitución Política de 1991. Artículo 15. Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar. De igual modo, tienen derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas. En la recolección, tratamiento y circulación de datos se respetarán la libertad y demás garantías consagradas en la Constitución. | Estos documentos pueden contener información clasificada acerca de personas naturales, por lo cual su clasificación es parcial. | Parcial | 01/02/2018 | 15 años |
| Informes Sobre Situación de DDHH y DIH | Efectuar estudios y evaluar las situaciones relacionadas con los derechos colectivos y del ambiente | Espanol | Fisico/Electronico | 01/02/2001 | Delegada para los Derechos Colectivos y del Ambiente | Delegada para los Derechos Colectivos y del Ambiente | Ley 1712 de 2014 Artículo 18. literales a y b. | Constitución Política de Colombia, articulo 15. | Gran parte de los informes contienen listados de asistencia o mesas de trabajos donde se encuentra el nombre e identificación de las personas que hicieron parte de estas actividades, por lo tanto esta información se identifica con el Articulo 18 de la ley 1712 de 2014 y el Articulo 15 de la Constitución Política, la cual se determina como información clasificada acorde al fundamento constitucional o legal. | Parcial | 12/05/2020 | Ilimitada |
| Resoluciones | Resoluciones defensoriales derechos colectivos y ambientales | Espanol | Fisico/Electronico | 12/02/2001 | Delegada para los Derechos Colectivos y del Ambiente | Delegada para los Derechos Colectivos y del Ambiente | Ley 1712 de 2014 Artículo 18.literales a y b | El artículo 15 de la Constitución Política quedará así:Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar. De igual modo, tienen derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en los bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas Ley 1581 de 2012 articulo 5 | Gran parte de las Resoluciones Defensoriales, cuentan con listado de asistencia o mesas de trabajo, los cuales contienen nombres e identificación reservada que determina la información como clasificada bajo el fundamento legal o constitucional. | Parcial | 12/05/2020 | ilimitada |
| Programas de Promoción y Divulgación de DDHH y DIH | Procesos de formación en derechos colectivos | Espanol | Fisico | 28/02/2018 | Delegada para los Derechos Colectivos y del Ambiente | Delegada para los Derechos Colectivos y del Ambiente | Ley 1712 de 2014 Artículo 18. literales a y b | El artículo 15 de la Constitución Política quedará así:Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar. De igual modo, tienen derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en los bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas. Ley 1581 de 2012 artículo 5 | Los informes de promoción y divulgación contienen listados de asistencia que cuenta con nombre e identificación clasificada que se determina bajo el fundamento constitucional y legal. | Parcial | 12/05/2020 | Ilimitada |
| Inventarios Documentales | Inventarios documentales | Espanol | Fisico/Electronico | 01/07/1989 | Grupo de Gestión Documental | Grupo de Gestión Documental | Ley 1712 de 2014. Artículo 18, literales a y b. | Constitución Política de Colombia 1991 . Artículo 15; Ley 1581 de 2012. Artículo 5. | Los inventarios documentales de algunas dependencias contienen datos que afectan el derecho a la intimidad por lo cual tienen excepción parcial para la consulta. | Parcial | 30/05/2018 | Ilimitado |
| Acciones de Tutela | Insistencias de revisión de tutelas ante la Corte Constitucional | Espanol | Fisico/Electronico | 30/11/1991 | Dirección Nacional de Recursos y Acciones Judiciales | Dirección Nacional de Recursos y Acciones Judiciales | Ley 1712 de 2014. Artículo 18. Información exceptuada por daño de derechos a personas naturales o jurídicas. Es toda aquella información pública clasificada, cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito, siempre que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos: a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público, en concordancia con lo estipulado. b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad. | Constitución Política de 1991. Artículo 15. Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar. De igual modo, tienen derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas. En la recolección, tratamiento y circulación de datos se respetarán la libertad y demás garantías consagradas en la Constitución. Ley 1581 de 2012 artículo 5o. DATOS SENSIBLES. Para los propósitos de la presente ley, se entiende por datos sensibles aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación, tales como aquellos que revelen el origen racial o étnico, la orientación política, las convicciones religiosas o filosóficas, la pertenencia a sindicatos, organizaciones sociales, de derechos humanos o que promueva intereses de cualquier partido político o que garanticen los derechos y garantías de partidos políticos de oposición así como los datos relativos a la salud, a la vida sexual y los datos biométricos. y artículo 6o. TRATAMIENTO DE DATOS SENSIBLES. Se prohíbe el Tratamiento de datos sensibles, excepto cuando: (...)" | Estos documentos pueden contener información clasificada acerca de personas naturales, por lo cual su clasificación es parcial. | Parcial | 13/03/2018 | 15 años |
| Acciones de Grupo | Seguimiento a acciones de grupo vinculadas | Espanol | Fisico | 15/02/1993 | Despachos judiciales | Dirección Nacional de Recursos y Acciones Judiciales | Ley 1712 de 2014. Artículo 18, literal a y b | Constitución Política de 1991. Artículo 15; Ley 1581 de 2012 artículo 5 y 6 | Estos documentos pueden contener datos de personas naturales o juridicas, sin embargo se puede entregar informacion parcial. | Parcial | 15/03/2018 | Ilimitada |
| Acciones de Grupo | Acciones de grupo en representación de usuarios | Espanol | Fisico/Electronico | 05/08/1998 | Dirección Nacional de Recursos y Acciones Judiciales | Dirección Nacional de Recursos y Acciones Judiciales | Ley 1712 de 2014. Artículo 18. Información exceptuada por daño de derechos a personas naturales o jurídicas. Es toda aquella información pública clasificada, cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito, siempre que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos: a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público, en concordancia con lo estipulado. b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad. | Constitución Política de 1991. Artículo 15. Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar. De igual modo, tienen derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas. En la recolección, tratamiento y circulación de datos se respetarán la libertad y demás garantías consagradas en la Constitución. Ley 1581 de 2012 artículo 5o. DATOS SENSIBLES. Para los propósitos de la presente ley, se entiende por datos sensibles aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación, tales como aquellos que revelen el origen racial o étnico, la orientación política, las convicciones religiosas o filosóficas, la pertenencia a sindicatos, organizaciones sociales, de derechos humanos o que promueva intereses de cualquier partido político o que garanticen los derechos y garantías de partidos políticos de oposición así como los datos relativos a la salud, a la vida sexual y los datos biométricos. y artículo 6o. TRATAMIENTO DE DATOS SENSIBLES. Se prohíbe el Tratamiento de datos sensibles, excepto cuando: (...)" | Estos documentos pueden contener información clasificada acerca de personas naturales, por lo cual su clasificación es parcial. | Parcial | 15/03/2018 | 15 años |
| Registro Público Centralizado de Acciones Populares y Acciones de Grupo | Registro de acciones de grupo | Espanol | Fisico/Electronico | 05/08/1998 | Dirección Nacional de Recursos y Acciones Judiciales; Despachos judiciales | Dirección Nacional de Recursos y Acciones Judiciales | Ley 1712 de 2014. Artículo 18. Información exceptuada por daño de derechos a personas naturales o jurídicas. Es toda aquella información pública clasificada, cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito, siempre que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos: a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público, en concordancia con lo estipulado. b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad | Constitución Política de 1991. Artículo 15. Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar. De igual modo, tienen derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas. En la recolección, tratamiento y circulación de datos se respetarán la libertad y demás garantías consagradas en la Constitución. Ley 1581 de 2012 artículo 5o. DATOS SENSIBLES. Para los propósitos de la presente ley, se entiende por datos sensibles aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación, tales como aquellos que revelen el origen racial o étnico, la orientación política, las convicciones religiosas o filosóficas, la pertenencia a sindicatos, organizaciones sociales, de derechos humanos o que promueva intereses de cualquier partido político o que garanticen los derechos y garantías de partidos políticos de oposición así como los datos relativos a la salud, a la vida sexual y los datos biométricos. y artículo 6o. TRATAMIENTO DE DATOS SENSIBLES. Se prohíbe el Tratamiento de datos sensibles, excepto cuando: (...)" | Estos documentos pueden contener información clasificada acerca de personas naturales, por lo cual su clasificación es parcial. | Parcial | 15/03/2018 | 15 años |
| Acciones Populares | Acciones populares en representación de usuarios | Espanol | Fisico/Electronico | 05/08/1998 | Dirección Nacional de Recursos y Acciones Judiciales | Dirección Nacional de Recursos y Acciones Judiciales | Ley 1712 de 2014. Artículo 18. Información exceptuada por daño de derechos a personas naturales o jurídicas. Es toda aquella información pública clasificada, cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito, siempre que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos: a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público, en concordancia con lo estipulado. b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad. | Constitución Política de 1991. Artículo 15. Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar. De igual modo, tienen derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas. En la recolección, tratamiento y circulación de datos se respetarán la libertad y demás garantías consagradas en la Constitución. Ley 1581 de 2012 artículo 5o. DATOS SENSIBLES. Para los propósitos de la presente ley, se entiende por datos sensibles aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación, tales como aquellos que revelen el origen racial o étnico, la orientación política, las convicciones religiosas o filosóficas, la pertenencia a sindicatos, organizaciones sociales, de derechos humanos o que promueva intereses de cualquier partido político o que garanticen los derechos y garantías de partidos políticos de oposición así como los datos relativos a la salud, a la vida sexual y los datos biométricos. y artículo 6o. TRATAMIENTO DE DATOS SENSIBLES. Se prohíbe el Tratamiento de datos sensibles, excepto cuando: (...)" | Estos documentos pueden contener información clasificada acerca de personas naturales, por lo cual su clasificación es parcial | Parcial | 15/03/2018 | 15 Años |
| Registro Público Centralizado de Acciones Populares y Acciones de Grupo | Registro de acciones populares | Espanol | Fisico/Electronico | 05/08/1998 | Dirección Nacional de Recursos y Acciones Judiciales | Dirección Nacional de Recursos y Acciones Judiciales | Ley 1712 de 2014. Artículo 18. Información exceptuada por daño de derechos a personas naturales o jurídicas. Es toda aquella información pública clasificada, cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito, siempre que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos: a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público, en concordancia con lo estipulado. b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad. | Constitución Política de 1991. Artículo 15. Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar. De igual modo, tienen derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas. En la recolección, tratamiento y circulación de datos se respetarán la libertad y demás garantías consagradas en la Constitución. Ley 1581 de 2012 artículo 5o. DATOS SENSIBLES. Para los propósitos de la presente ley, se entiende por datos sensibles aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación, tales como aquellos que revelen el origen racial o étnico, la orientación política, las convicciones religiosas o filosóficas, la pertenencia a sindicatos, organizaciones sociales, de derechos humanos o que promueva intereses de cualquier partido político o que garanticen los derechos y garantías de partidos políticos de oposición así como los datos relativos a la salud, a la vida sexual y los datos biométricos. y artículo 6o. TRATAMIENTO DE DATOS SENSIBLES. Se prohíbe el Tratamiento de datos sensibles, excepto cuando: (...)" | Estos documentos pueden contener información clasificada acerca de personas naturales, por lo cual su clasificación es parcial. | Parcial | 15/03/2018 | 15 Años |
| Actas del Comité Directivo del Fondo para la Defensa de los Derechos e Intereses Colectivos-FDDIC | Financiamiento de acciones populares y de grupos | Espanol | Fisico/Electronico | 05/08/1998 | Dirección Nacional de Recursos y Acciones Judiciales | Dirección Nacional de Recursos y Acciones Judiciales | Ley 1712 de 2014. Artículo 18. Información exceptuada por daño de derechos a personas naturales o jurídicas. Es toda aquella información pública clasificada, cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito, siempre que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos: a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público, en concordancia con lo estipulado. b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad. | Constitución Política de 1991. Artículo 15. Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar. De igual modo, tienen derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas. En la recolección, tratamiento y circulación de datos se respetarán la libertad y demás garantías consagradas en la Constitución. Ley 1581 de 2012 artículo 5o. DATOS SENSIBLES. Para los propósitos de la presente ley, se entiende por datos sensibles aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación, tales como aquellos que revelen el origen racial o étnico, la orientación política, las convicciones religiosas o filosóficas, la pertenencia a sindicatos, organizaciones sociales, de derechos humanos o que promueva intereses de cualquier partido político o que garanticen los derechos y garantías de partidos políticos de oposición así como los datos relativos a la salud, a la vida sexual y los datos biométricos. y artículo 6o. TRATAMIENTO DE DATOS SENSIBLES. Se prohíbe el Tratamiento de datos sensibles, excepto cuando: (...)" | Estos documentos pueden contener información clasificada acerca de personas naturales, por lo cual su clasificación es parcial. | Parcial | 15/03/2018 | 15 años |
| Derechos de Petición - PQRSD-DDHH Y DIH | Peticiones en DD HH y DIH | Espanol | Fisico | 21/03/2018 | Dirección Nacional de Atención y Trámites de Quejas | Dirección Nacional de Atención y Trámites de Quejas | Ley 1712 de 2014, artículo 18, literales A y B | Ley 24 de 1992, artículo 27, numeral 4 Decreto 025 de 2014, artículo 15 | Atender y tramitar las peticiones asociadas a quejas, solicitudes y asesorías por amenaza o violación de los derechos humanos e infracciones al derecho internacional humanitario, mediante la gestión ante las autoridades públicas y los particulares. Se accederá únicamente a datos estadísticos. | Parcial | 22/07/2019 | ilimitada |
| Informes de Asistencia y Participación en Comités Externos | Informe de asistencia y participación en las subcomisiones, reuniones virtuales de procesos electorales | Espanol | Fisico | 21/03/2018 | Dirección Nacional de Atención y Trámite de Quejas | Dirección Nacional de Atención y Trámite de Quejas | Información Clasificada Ley 1712 de 2014 Artículo 18 Literal a) "El derecho de toda persona a la intimidad" y Artículo 19 Literal a) "La Defensa y Seguridad Nacional" | Decreto 2821 de 2013. Por el cual se crea y reglamenta la Comisión para la Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales | Parcialmente se puede conocer los informes de los Procesos Electorales como tales, pero no los informes preparatorios a las Jornadas de Elección, ya que en las reuniones por ejemplo la Fuerza Publica, exponen las medidas de seguridad a tomar en un proceso electoral, y esto no puede ser publico (como, donde, desde cuando). También se conocen los casos de amenazas a candidatos y las medidas que se tomaran | Parcial | 21/03/2018 | ilimitada |
| Informes de Asistencia y Participación en Comités Externos | Informe de Asistencia y participación en el Grupo Técnico de Evaluación de Riesgo - GTER | Espanol | Fisico | 21/03/2018 | Dirección Nacional de Atención y Trámites de Quejas | Dirección Nacional de Atención y Trámites de Quejas | Información Clasificada Ley 1712 de 2014 Artículo 18 Literal A y B | Decreto 1066 de 2015, Artículo 2.4.1.2.2. Principios. Numeral 13 "Reserva legal: La información relativa a solicitantes y protegidos del programa de Prevención y protección es reservada. Los beneficiarios de las medidas están obligados a guardar dicha reserva." Ley 1581 de 2012 articulo 5 Datos sensibles. | Se trata de informes donde se consignan los casos estudiados por el GTER, se identifica la Población Estudiada, el nivel de ponderación del riesgo, las medidas de protección otorgadas, y contiene casos relevantes con datos de personas objeto, ubicación, medidas de protección. Esta información serviría para ubicarlos, situación que los puede poner en riesgo. | Parcial | 21/03/2018 | ilimitada |
| Apoyo | Base de datos de periodistas | Espanol | Electronico | 01/07/2015 | Grupo de Comunicaciones Externas | Grupo de Comunicaciones Externas | Ley 1712 de 2014. Artículo 18. Información exceptuada por daño de derechos a personas naturales o jurídicas. Corregido por el art. 2, Decreto Nacional 1494 de 2015. Es toda aquella información pública clasificada, cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito, siempre que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos: a) Corregido por el art. 1, Decreto Nacional 2199 de 2015. El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público, en concordancia con lo estipulado; | Ley 1581 de 2012. Artículo 5°. Datos sensibles. Para los propósitos de la presente ley, se entiende por datos sensibles aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación, tales como aquellos que revelen el origen racial o étnico, la orientación política, las convicciones religiosas o filosóficas, la pertenencia a sindicatos, organizaciones sociales, de derechos humanos o que promueva intereses de cualquier partido político o que garanticen los derechos y garantías de partidos políticos de oposición así como los datos relativos a la salud, a la vida sexual y los datos biométricos. | La base de datos contiene información personal de los periodistas y medio de comunicación | Parcial | 10/05/2018 | ilimitado |
| Apoyo | Base de datos de periodistas con interés informativo en la Defensoría del Pueblo | Espanol | Electronico | 14/07/2014 | Grupo de Comunicaciones Externas | Grupo de Comunicaciones Externas | Ley 1712 de 2014 Artículo 18. Información exceptuada por daño de derechos a personas naturales o información pública clasificada. Corregido por el art. 2, Decreto Nacional 1494 de 2015. a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público, en concordancia con lo estipulado; b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad; | Ley 1581 de 2012 artículo 5. | Amparado en la ley, los datos personales contenidos en esta base deben ser protegidos. | Parcial | 17/05/2018 | Ilimitada |
| Derechos de Petición - PQRSDF | Derechos de petición - PQRSDF | Espanol | Fisico/Electronico | 01/01/2016 | Grupo de Comunicaciones Externas | Grupo de Comunicaciones Externas | Ley 1712 de 2014 Artículo 18. Información exceptuada por daño de derechos a personas naturales o información pública clasificada. Corregido por el art. 2, Decreto Nacional 1494 de 2015. a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público, en concordancia con lo estipulado; b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad; | Ley 1581 de 2012; Decreto 025 de 2014 | Estos documentos contienen datos personales de los peticionarios que deben ser protegidos. | Parcial | 17/05/2018 | Ilimitada |
| Derechos de Petición - PQRSDF | Derechos de petición - PQRSDF | Espanol | Fisico/Electronico | 01/01/2016 | Grupo de Comunicaciones Internas | Grupo de Comunicaciones Internas | Ley 1712 de 2014 Artículo 18. Información exceptuada por daño de derechos a personas naturales o información pública clasificada. Corregido por el art. 2, Decreto Nacional 1494 de 2015. a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público, en concordancia con lo estipulado; b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad; | Ley 1581 de 2012, Artículo 5 | Estos documentos contienen datos personales de los solicitantes que deben ser protegidos. | Parcial | 17/05/2018 | Ilimitada |
| Derechos de Petición - PQRSDF | Derechos de petición - PQRSDF | Espanol | Fisico/Electronico | 01/01/2016 | Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional | Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional | Ley 1712 de 2014 Artículo 18. Información exceptuada por daño de derechos a personas naturales o información pública clasificada. Corregido por el art. 2, Decreto Nacional 1494 de 2015. a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público, en concordancia con lo estipulado; b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad; | Ley 1581 de 2012, Artículo 5 | Estos documentos contienen datos personales de los solicitantes que deben ser protegidos. | Parcial | 17/05/2018 | Ilimitada |
| Plan de Comunicaciones | Informes de gestión de monitoreo de medios de comunicación | Espanol | Electronico | 01/01/2016 | Grupo de Comunicaciones Externas | Grupo de Comunicaciones Externas | Ley 1712 de 2014 Artículo 18. Información exceptuada por daño de derechos a personas naturales o información pública clasificada. Corregido por el art. 2, Decreto Nacional 1494 de 2015. a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público, en concordancia con lo estipulado; b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad; | Ley 1581 de 2012, Artículo 5 | Estos documentos contienen datos personales de los destinatarios de la información que deben ser protegidos. | Parcial | 17/05/2018 | Ilimitada |
| Procesos de Investigación en DDHH y DIH | Casos de restitución de tierras a la población campesina | Espanol | Fisico | 01/06/2016 | Delegada para Asuntos Agrarios y Tierras | Defensoría Delegada para Asuntos Agrarios y Tierras | Inf. Clasificada-Ley 1712 de 2014, artículo 18 Literal a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público, en concordancia con lo estipulado; y b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad. | Ley 1448 de 2011, artículo 29. | Información entregada a la Defensoría en el marco del seguimiento o acompañamiento a casos de restitución de tierras establecido en la Ley 1448 de 2018, la cual contiene información de las víctimas, cuya divulgación afecta su derecho a la intimidad, a la vida a la integridad y seguridad personal. | Parcial | 18/03/2019 | Ilimitado |
| Procesos de Investigación en DDHH y DIH | Casos y expedientes de sustitución de cultivos de uso ilicito | Espanol | Fisico | 01/03/2017 | Dirección Antinarcóticos | Defensoría Delegada para Asuntos Agrarios y Tierras | Inf. Reservada-Ley 1712 de 2014, artículo 19 literal a) La defensa y seguridad nacional. | Ley 1621 de 2013 - Capítulo VI - Reserva de la Información de inteligencia y contrainteligencia - Artículo 33. Reserva. | En el marco del seguimiento que se realiza la política de sustitución de cultivos de uso ilícito la Delegada tiene conocimiento de operativos de erradicación forzosa de cultivos de uso ilícito, los cuales hacen parte de la información de inteligencia y contrainteligencia, la cual es de carácter reservado | Parcial | 18/03/2019 | 30 años |
| Informes de Gestión | Informes de gestión | Espanol | Electronico | 01/12/2014 | Delegada para Asuntos Agrarios y Tierras | Defensoría Delegada para Asuntos Agrarios y Tierras | Inf. Clasificada-Ley 1712 de 2014, artículo 18, literal a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público, en concordancia con lo estipulado. | Constitución Política de Colombia - Artículo 15 - Derecho a la intimidad personal y familiar y al buen nombre.-Ley 1581 de 2012 - Artículo 4, literal f El Literal f hace referencia al tratamiento de datos personales, el cual solo podrá hacerse por personas autorizadas por el titular de la información o a quienes estén autorizados por Ley. | En los informes se puede encontrar información sobre los datos personales de la población objetivo de ésta Delegada. No está autorizada la divulgación o publicación de los datos personales sin autorización de su titular y la divulgación de sus datos personales, puede poner en riesgo en su vida, libertad e integridad | Parcial | 18/03/2019 | Ilimitado |
| Informes de Gestión | Informes de comisión | Espanol | Electronico | 01/02/2017 | Delegada para Asuntos Agrarios y Tierras | Delegada para Asuntos Agrarios y Tierras | Inf. Clasificada-Ley 1712 de 2014, artículo 18, literal a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público, en concordancia con lo estipulado. | Constitución Política de Colombia - Artículo 15 - Derecho a la intimidad personal y familiar y al buen nombre.-Ley 1581 de 2012 - Artículo 4, literal f El Literal f hace referencia al tratamiento de datos personales, el cual solo podrá hacerse por personas autorizadas por el titular de la información o a quienes estén autorizados por Ley. | Los informes de comisión incluyen datos personales de los servidores públicos y de la población objetivo que intervienen en el proceso de atención, promoción y divulgación de los derechos de los campesinos. No está autorizada la divulgación o publicación de los datos personales sin autorización de su titular y la divulgación de sus datos personales, puede poner en riesgo en su vida, libertad e integridad | Parcial | 18/03/2019 | Ilimitado |
| Informes de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de Bienes Muebles e Inmuebles | Control de acceso a sedes | Espanol | Electronico | 01/03/2018 | Secretaria General | Secretaria General | Ley 1712 de 2014 , articulo 18 literales a y b | Artículo 15 Constitución Política de Colombia Ley 1266 de 2008: Art 3: Definiciones: Dato personal. Dato privado Art 4: Principio de acceso y circulación restringida. Art 7: Deberes de los Operadores de Datos: Conservar con las debidas seguridades los registros almacenados para impedir su deterioro, pérdida, alteración, uso no autorizado o fraudulento. Ley 1581 de 2012 "Por la cual se dictan las disposiciones generales del hábeas data y se regula el manejo de la información contenida en bases de datos personales, en especial la financiera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países y se dictan otras disposiciones" | La información contiene datos personales que pueden vulnerar la seguridad de los servidores públicos y contratistas de la entidad | Parcial | 06/08/2019 | 15 años |
| Informes Sobre Situación de DDHH y DIH | Informe de gestión y seguimiento victimas de conflicto armado | Espanol | Fisico | 12/06/2017 | Dirección Nacional de Atención y Trámite de Quejas | Dirección Nacional de Atención y Trámite de Quejas | Inf. Clasificada-Ley 1712 de 2014, artículo 18, literal A y B | Ley 24 de 1992, Artículo 27 numeral 4. Reserva del quejoso Decreto 025 de 2014 - Articulo 15 Ley 418 de 1997. Ley 1448 de 2011 | Se trata de informes donde consignan casos específicos que han sido recepcionados desde Colpensiones, y trasladados al Ministerio de Trabajo para estudio para estudio y¡y proyección del Acto Administrativo correspondiente, contiene datos personales y sensibles de personas que son víctimas del conflicto armado. | Parcial | 22/03/2019 | ILIMITADA |
| Informes de Asistencia y Participación en Comités Externos | Informe de Asistencia y participación en el Comité de Evaluación del Riesgo y Recomendación de Medidas - CERREM | Espanol | Fisico | 12/06/2017 | Dirección Nacional de Atención y Trámite de Quejas | Dirección Nacional de Atención y Trámite de Quejas | Inf. Clasificada-Ley 1712 de 2014, artículo 18, literal A y B | Decreto 1066 de 2015, Artículo 2.4.1.2.2. Principios. Numeral 13 "Reserva legal: La información relativa a solicitantes y protegidos del programa de Prevención y protección es reservada. Los beneficiarios de las medidas están obligados a guardar dicha reserva." Ley 1581 de 2012 articulo 5 Datos sensibles. | Se trata de informes donde se consignan los casos estudiados por el CERREM, se identifica la Población Estudiada, el nivel de ponderación del riesgo, las medidas de protección otorgadas, y contiene casos relevantes con datos de personas objeto, ubicación, medidas de protección. Esta información serviría para ubicarlos, situación que los puede poner en riesgo. Se accede únicamente a datos estadísticos. | Parcial | 22/03/2019 | ILIMITADA |
| Informes a Entidades del Estado | Informes sobre seguimiento de sentencias de la Corte Constitucional | Espanol | Fisico/Electronico | 01/06/2015 | Delegada para los Asuntos Constitucionales y Legales | Delegada para los Asuntos Constitucionales y Legales | Ley 1712 de 2014-Artículo 18 literales a (derecho a la intimidad) - b (Derecho a la vida, salud, seguridad) | Constitución Política de 1991, artículos 11, 12 y 15. Derechos a la vida, la seguridad personal, la intimidad, al buen nombre y al hábeas data. Ley 1581 de 2012 articulo 5. | Documentos y actuaciones que están sujetas restringidas en su publicación en tanto comprometen información personal. | Parcial | 01/06/2015 | Indeterminado, mientras su publicación afecte los derechos protegidos |
| Conceptos Jurídicos | Intervenciones ante otros jueces | Espanol | Fisico/Electronico | 01/06/2015 | Delegada para los Asuntos Constitucionales y Legales | Delegada para los Asuntos Constitucionales y Legales | Ley 1712 de 2014-Artículo 18 literales a (derecho a la intimidad) - b (Derecho a la vida, salud, seguridad) | Constitución Política de 1991, artículos 11, 12 y 15. Derechos a la vida, la seguridad personal, la intimidad, al buen nombre y al hábeas data. Ley 1581 de 2012 articulo 5. | Documentos y actuaciones que están sujetas restringidas en su publicación en tanto comprometen información personal. | Parcial | 01/06/2015 | Indeterminado, mientras su publicación afecte los derechos protegidos |
| Procesos de Investigación en DDHH y DIH | Investigaciones en Derechos Humanos y DIH | Espanol | Fisico/Electronico | 01/06/2015 | Delegada para los Asuntos Constitucionales y Legales | Delegada para los Asuntos Constitucionales y Legales | Ley 1712 de 2014-Artículo 18 literales a (derecho a la intimidad) - b (Derecho a la vida, salud, seguridad) | Constitución Política de 1991, artículos 11, 12 y 15. Derechos a la vida, la seguridad personal, la intimidad, al buen nombre y al hábeas data. Ley 1581 de 2012 articulo 5. | Documentos y actuaciones que están sujetas restringidas en su publicación en tanto comprometen información personal. | Parcial | 01/06/2015 | Indeterminado, mientras su publicación afecte los derechos protegidos |
| Derechos de Petición - PQRSD-DDHH Y DIH | Peticiones en relación con la defensa de derechos humanos | Espanol | Fisico/Electronico | 01/06/2015 | Delegada para los Asuntos Constitucionales y Legales | Delegada para los Asuntos Constitucionales y Legales | Ley 1712 de 2014-Artículo 18 literales a (derecho a la intimidad) - b (Derecho a la vida, salud, seguridad) | Constitución Política de 1991, artículos 11, 12 y 15. Derechos a la vida, la seguridad personal, la intimidad, al buen nombre y al hábeas data. Ley 1581 de 2012 articulo 5. | Documentos y actuaciones que están sujetas restringidas en su publicación en tanto comprometen información personal. | Parcial | 01/06/2015 | Indeterminado, mientras su publicación afecte los derechos protegidos |
| Derechos de Petición - PQRSDF | Peticiones, quejas, reclamos, felicitaciones. | Espanol | Fisico/Electronico | 12/06/2017 | Oficina Jurídica | Oficina Jurídica | ARTÍCULO 18. INFORMACIÓN EXCEPTUADA POR DAÑO DE DERECHOS A PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS. |
Ley 1581 de 2012 ARTÍCULO 5o. DATOS SENSIBLES. Para los propósitos de la presente ley, se entiende por datos sensibles aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación, tales como aquellos que revelen el origen racial o étnico, la orientación política, las convicciones religiosas o filosóficas, la pertenencia a sindicatos, organizaciones sociales, de derechos humanos o que promueva intereses de cualquier partido político o que garanticen los derechos y garantías de partidos políticos de oposición así como los datos relativos a la salud, a la vida sexual y los datos biométricos. | Estos documentos contienen datos personales, a los cuales debe darse el tratamiento correspondiente establecido en la Ley | Parcial | 05/02/2019 | ilimitado |
| Instrumentos de Registro y Control | Memorias de reunión de la Oficina Jurídica | Espanol | Fisico | 12/06/2017 | Oficina Jurídica | Oficina Jurídica | Ley 1712 de 2014 ARTÍCULO 19. INFORMACIÓN EXCEPTUADA POR DAÑO A LOS INTERESES PÚBLICOS. |
Ley 1712 de 2014 ARTÍCULO 19. INFORMACIÓN EXCEPTUADA POR DAÑO A LOS INTERESES PÚBLICOS. |
Estas actas de reunión pueden contener información que hace parte del proceso deliberatorio de los servidores de la entidad. | Parcial | 04/02/2019 | Ilimitada |
| Aportes Pensión | Certificación de factores salariales | Espanol | Fisico/Electronico | 01/01/2018 | Subdirección de Gestión del Talento Humano | Subdirección de Gestión del Talento Humano | Ley 1712 de 2014, artículo18, literales a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público, en concordancia con lo estipulado por el artículo 24 de la Ley 1437 de 2011. | Artículo 15 Constitución Política de Colombia: Artículo 15. Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar. De igual modo, tienen derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en los bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas. En la recolección, tratamiento y circulación de datos se respetarán la libertad y demás garantías consagradas en la Constitución. La correspondencia y demás formas de comunicación privada son inviolables. Sólo pueden ser interceptados o registrados mediante orden judicial, en los casos y con las formalidades que establezca la ley. Con el fin de prevenir la comisión de actos terroristas, una ley estatutaria reglamentará la forma y condiciones en que las autoridades que ella señale, con fundamento en serios motivos, puedan interceptar o registrar la correspondencia y demás formas de comunicación privada, sin previa orden judicial, con aviso inmediato a la Procuraduría General de la Nación y control judicial posterior dentro de las treinta y seis (36) horas siguientes. Al iniciar cada período de sesiones el Gobierno rendirá informe al Congreso sobre el uso que se haya hecho de esta facultad. Los funcionarios que abusen de las medidas a que se refiere este artículo incurrirán en falta gravísima, sin perjuicio de las demás responsabilidades a que hubiere lugar. Para efectos tributarios judiciales y para los casos de inspección, vigilancia e intervención del Estado, podrá exigirse la presentación de libros de contabilidad y demás documentos privados, en los términos que señale la ley. | En estos datos se encuentra información intima y sensible para el servidor como lo son: información bancaria. Si este tipo de información se publicará estaría en riesgo la intimidad e integridad personal de los servidores. | Parcial | 22/07/2019 | Ilimitada |
| Novedades de Nómina | Transcripción y cobro de incapacidades | Espanol | Fisico/Electronico | 01/01/2020 | Subdirección de Gestión del Talento Humano | Subdirección de Gestión del Talento Humano | Ley 1712 de 2014, artículo 18, literales a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público, en concordancia con lo estipulado por el artículo 24 de la Ley 1437 de 2011. | Artículo 15 Constitución Política de Colombia: Artículo 15. Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar. De igual modo, tienen derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en los bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas. En la recolección, tratamiento y circulación de datos se respetarán la libertad y demás garantías consagradas en la Constitución. La correspondencia y demás formas de comunicación privada son inviolables. Sólo pueden ser interceptados o registrados mediante orden judicial, en los casos y con las formalidades que establezca la ley. Con el fin de prevenir la comisión de actos terroristas, una ley estatutaria reglamentará la forma y condiciones en que las autoridades que ella señale, con fundamento en serios motivos, puedan interceptar o registrar la correspondencia y demás formas de comunicación privada, sin previa orden judicial, con aviso inmediato a la Procuraduría General de la Nación y control judicial posterior dentro de las treinta y seis (36) horas siguientes. Al iniciar cada período de sesiones el Gobierno rendirá informe al Congreso sobre el uso que se haya hecho de esta facultad. Los funcionarios que abusen de las medidas a que se refiere este artículo incurrirán en falta gravísima, sin perjuicio de las demás responsabilidades a que hubiere lugar. Para efectos tributarios judiciales y para los casos de inspección, vigilancia e intervención del Estado, podrá exigirse la presentación de libros de contabilidad y demás documentos privados, en los términos que señale la ley. Ley 1581 de 2012 Artículo 5o. Datos Sensibles. Para los propósitos de la presente ley, se entiende por datos sensibles aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación, tales como aquellos que revelen el origen racial o étnico, la orientación política, las convicciones religiosas o filosóficas, la pertenencia a sindicatos, organizaciones sociales, de derechos humanos o que promueva intereses de cualquier partido político o que garanticen los derechos y garantías de partidos políticos de oposición así como los datos relativos a la salud, a la vida sexual y los datos biométricos. | En estos documento se encuentra información sensible como estados de salud, información de enfermedades, condiciones físicas o mentales de los servidores públicos. Si este tipo de información se publicará estaría en riesgo la dignidad, intimidad e integridad personal de los servidores. | Parcial | 25/07/2021 | Ilimitada |
| Informes Sobre Situación de DDHH y DIH | Informes defensoriales | Espanol | Fisico/Electronico | 28/02/2018 | Delegada para los Derechos Colectivos y del Ambiente | Delegada para los Derechos Colectivos y del Ambiente | Ley 1712 de 2014 Artículo 18. literales a y b. | Constitución Política de Colombia. Artículo 15 | Gran parte de los informes contienen listados de asistencia o mesas de trabajos donde se encuentra el nombre e identificación de las personas que hicieron parte de estas actividades, por lo tanto esta información se identifica con el Articulo 18 de la ley 1712 de 2014 y el Articulo 15 de la Constitución Política, la cual se determina como información clasificada acorde al fundamento constitucional o legal. | NA | 12/05/2020 | Ilimitada |
| Acciones Populares | Seguimiento a acciones de populares vinculadas | Espanol | Fisico/Electronico | 05/08/1998 | Dirección Nacional de Recursos y Acciones Judiciales | Dirección Nacional de Recursos y Acciones Judiciales | Ley 1712 de 2014. Artículo 18. Información exceptuada por daño de derechos a personas naturales o jurídicas. Es toda aquella información pública clasificada, cuyo acceso podrá ser rechazado o denegado de manera motivada y por escrito, siempre que el acceso pudiere causar un daño a los siguientes derechos: a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público, en concordancia con lo estipulado. b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad | Constitución Política de 1991. Artículo 15. Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar. De igual modo, tienen derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas. En la recolección, tratamiento y circulación de datos se respetarán la libertad y demás garantías consagradas en la Constitución. Ley 1581 de 2012 artículo 5o. DATOS SENSIBLES. Para los propósitos de la presente ley, se entiende por datos sensibles aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación, tales como aquellos que revelen el origen racial o étnico, la orientación política, las convicciones religiosas o filosóficas, la pertenencia a sindicatos, organizaciones sociales, de derechos humanos o que promueva intereses de cualquier partido político o que garanticen los derechos y garantías de partidos políticos de oposición así como los datos relativos a la salud, a la vida sexual y los datos biométricos. y artículo 6o. TRATAMIENTO DE DATOS SENSIBLES. Se prohíbe el Tratamiento de datos sensibles, excepto cuando: (...)" | Estos documentos pueden contener información clasificada acerca de personas naturales, por lo cual su clasificación es parcial | NA | 15/03/2018 | 15 años |
| Informes a Organismos Internacionales | Solicitudes de medidas cautelares ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos | Espanol | Fisico/Electronico | 30/07/2019 | Delegada para los Asuntos Constitucionales y Legales | Delegada para los Asuntos Constitucionales y Legales | Ley 1712 de 2014-Artículo 18 literales a (derecho a la intimidad) - b (Derecho a la vida, salud, seguridad) | Ley 1448 de 2011 artículo 23 derecho a la verdad para posibilitar la materialización de sus derechos en el marco de la reserva legal y regulan el manejo de información confidencial. y Ley 1712 art. 21. | Las solicitudes de trámites en el marco de medidas cautelares la comisión Interamericana de Derechos Humanos, pueden contener información sensible de las víctimas, vulnerando el derecho a la intimidad y poner en peligro su seguridad y bienestar. | Total | 01/06/2015 | Indeterminado, mientras su publicación afecte los derechos protegidos |
| Informes a Organismos Internacionales | Actuaciones en el marco de las mesas de seguimiento y concertación de medidas especiales de protección, relacionadas con el Sistema Interamericano de Derechos Humanos | Espanol | Fisico/Electronico | 30/07/2019 | Delegada para los Asuntos Constitucionales y Legales | Delegada para los Asuntos Constitucionales y Legales | Ley 1712 de 2014-Artículo 18 literales a (derecho a la intimidad) - b (Derecho a la vida, salud, seguridad) | Ley 1448 de 2011 artículo 23 derecho a la verdad para posibilitar la materialización de sus derechos en el marco de la reserva legal y regulan el manejo de información confidencial. y Ley 1712 art. 21. | En estas mesas de participación al seguimiento y acompañamiento a las mesas de concertación, se puede discutir o proporcionar información sensible que pueda poner en riesgo la seguridad personal de la víctimas. | Total | 01/06/2015 | Indeterminado, mientras su publicación afecte los derechos protegidos |
| Derechos de Petición - PQRSD-DDHH Y DIH | Remisión de casos de VBG a Defensoría Pública para asignación de RJV | Espanol | Fisico | 20/01/2014 | Delegada para los Derechos de las Mujeres y los Asuntos de Género | Delegada para los Derechos de las Mujeres y los Asuntos de Género | Reservada Art, 19 ; Ley 1712 de 2014, literales e y f | "Constitucion art. 15: ARTÍCULO 15. Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar. De igual modo, tienen derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas. " | Contiene datos personales de los usuarios y que pueden hacer parte de procesos penales | Total | 12/05/2020 | 15 años |
| Procesos de Investigación en DDHH y DIH | Reporte de caso de trata de personas | Espanol | Electronico | 20/01/2014 | Delegada para los Derechos de las Mujeres y los Asuntos de Género | Delegada para los Derechos de las Mujeres y los Asuntos de Género | Reservada Ley 1712 de 2014, Arti, 18, literales a, b y c | "Constitucion art. 15: ARTÍCULO 15. Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar. De igual modo, tienen derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas. " | Contiene datos personales de los usuarios y que pueden hacer parte de procesos penales | Total | 12/05/2020 | 15 años |
| Registro Único de Víctimas-RUV | Formato Único de Declaración para la solicitud de inscripción en el registro de sujetos de reparación colectiva – étnicos. | Espanol | Fisico/Electronico | 22/03/2019 | Delegada para los Grupos Étnicos | Delegada para los Grupos Étnicos | Inf. Clasificada-Ley 1712 de 2014, artículo 18 | Artículos 7, 8, 63 y 72 de la Constitución Política. Ley 1448 de 2011. Decretos 4633, 4634 y 4635 de 2011. Ley 70 de 1993 | a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público, en concordancia con lo estipulado; b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad; c) Los secretos comerciales, industriales y profesionales, así como los estipulados en el parágrafo del artículo 77 de la Ley 1474 de 2011. | Total | 22/03/2019 | 15 años |
| Informes Sobre Situación de DDHH y DIH | Informes sobre vulneración del derecho a la vida | Espanol | Fisico/Electronico | 16/06/2015 | Dirección Nacional de Atención y Trámite de Quejas | Dirección Nacional de Atención y Trámite de Quejas | Información Clasificada Ley 1712 de 2014 Artículo 18 Literal a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público, en concordancia con lo estipulado; Ley 1581 de 2012 "Por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales.". | Constitución politica Decreto 1066 de 2015, ley 24 del 92 | Los informes contienen datos personales, el número de casos petciones allegadas a la Defensoria, , len un procedimento coleguiado GVP CERREM, PONAL | Total | 06/04/2019 | Ilimitado |
| Informes Sobre Situación de DDHH y DIH | Informes de visitas de inspección a centros carcelarios | Espanol | Fisico | 02/12/2019 | Dirección Nacional de Atención y Trámite de Quejas | Dirección Nacional de Atención y Trámite de Quejas | Información Clasificada Ley 1712 de 2014 Artículo 18 Literal a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público, en concordancia con lo estipulado; Ley 1581 de 2012 "Por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales.". | Ley 24 de 1992, Artículo 27 numeral 4o.ARTÍCULO 27. Para la recepción y trámite de quejas esta Dirección se ceñirá a las siguientes reglas: 4. Cuando las circunstancias lo aconsejen se podrá mantener bajo reserva la identidad del quejoso, salvo las excepciones legales. Estos informes se realizan en cumplimiento del Decreo 025 de 2014 - Articulo 15 "Dirección Nacional de Atención y Trámite de Quejas. Son funciones de la Dirección Nacional de Atención y Trámite de Quejas, las siguientes": (...) Numeral 3: "Proyectar los informes, recomendaciones y observaciones que frente a violación o amenaza de derechos humanos corresponda presentar al Defensor del Pueblo, conservando la coherencia de una doctrina defensoríal unificada, en los temas de su competencia" | En los informes en los cuales se maneje información relacionada con datos personales se atendera a lo establecido en la Ley 1581 de 2012 TÍTULO II - PRINCIPIOS RECTORES - articulo 4 Principios para el Tratamiento de datos personales. | Total | 02/12/2019 | Ilimitado |
| Nominas | Nomina | Espanol | Fisico/Electronico | 01/02/1993 | Subdirección de Gestión del Talento Humano. | Subdirección de Gestión del Talento Humano | Ley 1712 de 2014, artículo 18, literales a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público, en concordancia con lo estipulado. | Artículo 15 Constitución Política de Colombia: Artículo 15. Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar. De igual modo, tienen derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en los bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas. En la recolección, tratamiento y circulación de datos se respetarán la libertad y demás garantías consagradas en la Constitución. La correspondencia y demás formas de comunicación privada son inviolables. Sólo pueden ser interceptados o registrados mediante orden judicial, en los casos y con las formalidades que establezca la ley. Con el fin de prevenir la comisión de actos terroristas, una ley estatutaria reglamentará la forma y condiciones en que las autoridades que ella señale, con fundamento en serios motivos, puedan interceptar o registrar la correspondencia y demás formas de comunicación privada, sin previa orden judicial, con aviso inmediato a la Procuraduría General de la Nación y control judicial posterior dentro de las treinta y seis (36) horas siguientes. Al iniciar cada período de sesiones el Gobierno rendirá informe al Congreso sobre el uso que se haya hecho de esta facultad. Los funcionarios que abusen de las medidas a que se refiere este artículo incurrirán en falta gravísima, sin perjuicio de las demás responsabilidades a que hubiere lugar. Para efectos tributarios judiciales y para los casos de inspección, vigilancia e intervención del Estado, podrá exigirse la presentación de libros de contabilidad y demás documentos privados, en los términos que señale la ley. | Teniendo en cuenta el derecho a la intimidad, toda vez que las bases de datos contienen información personal de los servidores públicos de la Entidad, lo cual podría generar mal uso de la misma por agentes externos. | Parcial | ||
| Actas de Mesa Nacional de Participación de Víctimas | Actas de la mesa nacional de participación de víctimas | Espanol | Fisico/Electronico | 01/07/2016 | Delegada para la Orientación y Asesoría de las Víctimas del Conflicto Armado interno | Delegada para la Orientación y Asesoría de las Víctimas del Conflicto Armado interno | Artículo 18 de la Ley 1712 literal B | Artículo 5 y 6 de la Ley 1581 de 2012 | Estas actas contienen datos sensibles de los integrantes de la Mesa Nacional de Víctimas, como su pertenencia a organizaciones sociales y de derechos humanos | Parcial | 08/08/2019 | Ilimitada |
| Registro Único de Víctimas-RUV | Declaraciones individuales de víctimas | Espanol | Fisico/Electronico | 01/12/2011 | Delegada para la Orientación y Asesoría de las Víctimas del Conflicto Armado interno | Delegada para la Orientación y Asesoría de las Víctimas del Conflicto Armado interno | Artículo 18 de la Ley 1712 literal B | parágrafo 1 del artículo 156 de la Ley 1448, numeral 9 del artículo 31 del Decreto 4800 de 2011, numeral 9 del Artículo 2.2.2.3.5 del Decreto 1084 de 2015 | Los Formatos Únicos de Declaración contienen información personal y datos de contacto de las víctimas del conflicto armado | Parcial | 08/08/2019 | Ilimitado |
| Registro Único de Víctimas-RUV | Declaraciones y registro único de sujetos colectivos no étnicos de víctimas | Espanol | Fisico | 04/01/2016 | Delegada para la Orientación y Asesoría de las Víctimas del Conflicto Armado interno | Delegada para la Orientación y Asesoría de las Víctimas del Conflicto Armado interno | Artículo 18 de la Ley 1712 literal B | Parágrafo 1 del artículo 156 de la Ley 1448 de 2011 | Estos formatos de declaración contienen información personal y datos de contacto de las víctimas del conflicto armado | Parcial | 08/08/2019 | Ilimitada |
| Actas de Mesa Nacional de Participación de Víctimas | Inscripción de organizaciones defensoras de víctimas a la Mesa Nacional de Víctimas | Espanol | Fisico/Electronico | 01/07/2016 | Delegada para la Orientación y Asesoría de las Víctimas del Conflicto Armado interno | Delegada para la Orientación y Asesoría de las Víctimas del Conflicto Armado interno | Artículo 18 de la Ley 1712 literal B | parágrafo 1 del Artículo 2.2.9.2.3 del Decreto 1084 de 2015; Ley 1581 de 2012 artículos 5 y 6. | Teniendo en cuenta que el formulario de inscripción recoge información personal con la cual se puede identificar y ubicar tanto a las organizaciones como a los (as) defensores que hacen parte de la misma, su publicación podría generar algún tipo de riesgo a su integridad. | Parcial | 08/08/2019 | Ilimitada |
| Actas de Mesa Nacional de Participación de Víctimas | Inscripción de organizaciones de víctimas connacionales en el exterior a la Mesa Nacional de Víctimas | Espanol | Fisico/Electronico | 02/01/2018 | Delegada para la Orientación y Asesoría de las Víctimas del Conflicto Armado interno | Delegada para la Orientación y Asesoría de las Víctimas del Conflicto Armado interno | Artículo 18 de la Ley 1712 literal B | parágrafo 1 del Artículo 2.2.9.2.3 del Decreto 1084 de 2015; Ley 1581 de 2012 artículos 5 y 6. | Teniendo en cuenta que el formulario de inscripción recoge información personal con la cual se puede identificar y ubicar tanto a las organizaciones como a las víctimas que hacen parte de la misma, su publicación podría generar algún tipo de riesgo a su integridad. | Parcial | 08/08/2019 | Ilimitada |
| Derechos de Petición - PQRSD-DDHH Y DIH | Peticiones relacionadas con acciones urgentes, tomas de declaración colectiva y casos generales | Espanol | Fisico/Electronico | 01/01/18 | Delegada para los Grupos Étnicos | Delegada para los Grupos Étnicos | Información Clasificada Ley 1712 de 2014, artículo 18, literales a) y b) | Ley 1581 de 2012 artículos 5 y 6 | Se trata de peticiones de los Grupos Étnicos que pueden contener información de contacto y ubicación que en su mayoría son personas en condición de vulnerabilidad. Esta información serviría para ponerlos en situación que podría ponerlos en riesgo. | Parcial | 08/08/2019 | Ilimitada |
| Procesos de Investigación en DDHH y DIH | casos relacionados con conflictos inter e intra-étnicos | Espanol | Fisico/Electronico | 01/01/18 | Delegada para los Grupos Étnicos | Delegada para los Grupos Étnicos | Información Clasificada Ley 1712 de 2014 articulo 18 literales a) y b). | Ley 1581 de 2012 artículos 5 y 6. | Se trata de procesos de mediación de los Grupos Étnicos que pueden contener información de contacto y ubicación que en su mayoría son personas en condición de vulnerabilidad. Esta información serviría para ubicarlos situación que podría ponerlos en riesgo. | Parcial | 08/08/19 | Ilimitada |
| Derechos de Petición - PQRSD-DDHH Y DIH | Peticiones de interés superior del niño y prelevancia de derechos de personas vulnerables | Espanol | Fisico/Electronico | 12/06/2017 | Delegada para los Derechos de la Infancia, la Juventud y el Adulto Mayor | Delegada para los Derechos de la Infancia, la Juventud y el Adulto Mayor | LEY 1712 DE 2014 arts 18 Y 19 | ART 44 CONSTITUCION Y LEY 1098 DE 2016 ART 33, 75 Y 153 | Interés superior del niño y prevalencia de derechos de personas vulnerables | Parcial | 09/08/2019 | Ilimitada |
| Informes Sobre Situación de DDHH y DIH | Informes sobre derechos de la infancia, la juventud y el adulto mayor | Espanol | Fisico/Electronico | 12/06/2017 | Delegada para los Derechos de la Infancia, la Juventud y el Adulto Mayor | Delegada para los Derechos de la Infancia, la Juventud y el Adulto Mayor | LEY 1712 DE 2014 ARTS 18 Y 19. Artículo 19 literal g: los derechos de la infancia y la adolescencia- | ARTÍCULO 13 Y 44 CONSTITUCIONAL Y LEY 1098 DE 2066 ARTS 33, 75, 153 | INTERES SUPERIOR DEL NIÑOS Y PREVALENCIA DE DERECHOS DE PERSONAS VULNERABLES Código de la infancia y la adolescencia arts 47, 75, 153 y 159 | Parcial | 09/08/2019 | ILIMITADA |
| Informes de Seguimiento y Control de Gestión | Acciones constitucionales sobre derechos de la infancia, juventud y el adulto mayor | Espanol | Fisico/Electronico | 12/06/2017 | Delegada para los Derechos de la Infancia, la Juventud y el Adulto Mayor | Delegada para los Derechos de la Infancia, la Juventud y el Adulto Mayor | LEY 1712 DE 2014 ARTS 18 Y 19. Art 19 literal g: los derechos de la infancia y la adolescencia | ARTÍCULO 13 Y 44 CONSTITUCIONAL. lEY 1098 DE 2016 ARTS 33, 75 Y 153 | INTERES SUOERIOR DEL NIÑOS Y PREVALENCIA DE DERECHOS DE POBLACIONES VULNERABLES Codigo de la infancia y la adolescencia art. 47,75,153 y 159 | Parcial | 09/08/2019 | Ilimitada |
| Informes de Asistencia y Participación en Comités Externos | Participación en el Consejo Directivo de la Unidad de Restitución de Tierras | Espanol | Fisico/Electronico | 01/01/2019 | Unidad de Restitución de Tierras | Delegada para Asuntos Agrarios y Tierras | Información Clasificada-Ley 1712 de 2014-Artículo 18 Literal a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público, en concordancia con lo estipulado; y b) El derecho de toda persona a la vida, la salud o la seguridad. | Ley 1448 de 2011, artículo 29. Las autoridades garantizarán la confidencialidad de la información suministrada por las víctimas y de manera excepcional podrá ser conocida por las distintas entidades que conforman el Sistema Nacional de Atención y Reparación de las Víctimas para lo cual suscribirán un acuerdo de confidencialidad respecto del uso y manejo de la información. | Las Actas de Consejo Directivo pueden contener información de las víctimas, cuya divulgación afecta su derecho a la intimidad, a la vida a la integridad y seguridad personal. | Parcial | 09/08/2019 | Ilimitado |
| Derechos de Petición - PQRSDF | Peticiones sobre acceso a la información | Espanol | Fisico/Electronico | 01/01/2016 | Delegada para Asuntos Agrarios y Tierras | Delegada para Asuntos Agrarios y Tierras | Información Clasificada-Ley 1712 de 2014-Artículo 18 Literal a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público, en concordancia con lo estipulado | Constitución Política de Colombia - Artículo 15 - Derecho a la intimidad personal y familiar y al buen nombre.--Ley 1581 de 2012 - Artículo 4--Ley 1266 de 2008, Artículo 3, 9 y 15. | Las solicitudes de información pueden contener información de datos personales de los peticionarios, los cuales no se está autorizada la divulgación o publicación sin autorización de su titular. | Parcial | 09/08/2019 | Ilimitado |
| Informes Sobre Situación de DDHH y DIH | Casos relacionados con actividades de aspersión aérea de cultivos de uso ilícito | Espanol | Fisico/Electronico | 01/09/2017 | Delegada para Asuntos Agrarios y Tierras | Defensoría Delegada para Asuntos Agrarios y Tierras | Inf. Reservada-Ley 1712 de 2014, artículo 19, literal a) La defensa y seguridad nacional. | Ley 1621 de 2013 - Capítulo VI - Reserva de la Información de inteligencia y contrainteligencia - Artículo 33. Reserva. | Por la naturaleza de las funciones que cumplen los organismos de inteligencia y contrainteligencia sus documentos, información y elementos técnicos estarán amparados por la reserva legal por un término máximo de treinta (30) años contados a partir de la recolección de la información y tendrán carácter de información reservada. | Parcial | 19/03/2020 | 30 años |
| Procesos de Mediación | Procesos de mediación grupos étnicos | Espanol | Fisico/Electronico | 01/01/2019 | Delegada para los Grupos Étnicos | Delegada para los Grupos Étnicos | Información Clasificada Ley 1712 de 2014 articulo 18 literales a) y b). | Ley 1581 de 2012 artículos 5 y 6. | Se trata de procesos de mediación de los Grupos Étnicos que pueden contener información de contacto y ubicación que en su mayoría son personas en condición de vulnerabilidad. Esta información serviría para ubicarlos situación que podría ponerlos en riesgo. | Parcial | 01/01/2019 | Ilimitada |
| Informes Sobre Situación de DDHH y DIH | Información estadistica defensorial sobre seguimiento a la resolución 6349 de 2016 en centros penitenciarios | Espanol | Electronico | 20/01/2014 | Delegada para los Derechos de las Mujeres y los Asuntos de Género | Delegada para los Derechos de las Mujeres y los Asuntos de Género | Reservada Art, 19 ; Ley 1712 de 2014, literales a y b | "Constitucion art. 15: ARTÍCULO 15. Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar. De igual modo, tienen derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones" | Contiene datos personales de personas privadas de la libertad que no desean que sus situaciones sean relacionadas con ellos | Parcial | 12/05/2020 | N/A |
| Informes de Asistencia y Participación en Comités Externos | Participación en comités externos en asuntos de grupos étnicos | Espanol | Fisico/Electronico | 01/01/2018 | CERREM | Delegada para los Grupos Étnicos | Información Clasificada Ley 1712 de 2014 artículo 18 literales a) y b) | Ley 1581 de 2012 artículos 5 y 6 | Se trata de informes de los Grupos Étnicos que pueden contener información de contacto y ubicación que en su mayoría son personas en condición de vulnerabilidad. Esta información serviría para ubicarlos situación que podría ponerlos en riesgo. | Parcial | 08/08/2019 | Ilimitada |
| Informes de Asistencia y Participación en Comités Externos | Participación en mesas de conflictos inter e intra-étnicos | Espanol | Fisico/Electronico | 01/01/2019 | Delegada para los Grupos Étnicos | Delegada para los Grupos Étnicos | Información Clasificada Ley 1712 de 2014 artículo 18 literales a) y b) | Ley 1581 de 2012 artículos 5 y 6 | Se trata de informes de los Grupos Étnicos que pueden contener información de contacto y ubicación que en su mayoría son personas en condición de vulnerabilidad. Esta información serviría para ubicarlos situación que podría ponerlos en riesgo. | Parcial | 20/03/2017 | Ilimitada |
| Historias Laborales | Historias laborales de funcionarios | Espanol | Fisico/Electronico | 02/01/1991 | Subdirección de Gestión del Talento Humano | Subdirección de Gestión del Talento Humano | Información Clasificada-Ley 1712 de 2014, artículo18, literales a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público, en concordancia con lo estipulado | Artículo 15 Constitución Política de Colombia--Ley 1581 -Art 4: Principio de acceso y circulación restringida. Art 17 Conservar la información bajo las condiciones de seguridad necesarias para impedir su adulteración, perdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento.--Ley 1266 Art 4 Literal 3: Principio de circulación restringida. | En estos expedientes se encuentra información de ubicación de las personas (dirección, telefono), Información Familiar, Certificación Bancaria, Declaración de Bienes y Rentas, además de documento de identificación y firma. Si este tipo de inofrmación se publicará estaría en riesgo la dignidad, intimidad e integridad personal de los servidores. | Parcial | 04/06/2019 | Ilimitado |
| Informes Sobre Situación de DDHH y DIH | Informes sobre situación de DDHH y DIH de la Dirección de ATQ | Espanol | Fisico | 02/12/2019 | Dirección Nacional de Atención y Trámite de Quejas | Dirección Nacional de Atención y Trámite de Quejas | Información Clasificada Ley 1712 de 2014 Artículo 18 Literal a) El derecho de toda persona a la intimidad, bajo las limitaciones propias que impone la condición de servidor público, en concordancia con lo estipulado; Ley 1581 de 2012 "Por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales.". | Ley 24 de 1992, Artículo 27 numeral 4o.ARTÍCULO 27. Para la recepción y trámite de quejas esta Dirección se ceñirá a las siguientes reglas: 4. Cuando las circunstancias lo aconsejen se podrá mantener bajo reserva la identidad del quejoso, salvo las excepciones legales. Estos informes se realizan en cumplimiento del Decreo 025 de 2014 - Articulo 15 "Dirección Nacional de Atención y Trámite de Quejas. Son funciones de la Dirección Nacional de Atención y Trámite de Quejas, las siguientes": (...) Numeral 3: "Proyectar los informes, recomendaciones y observaciones que frente a violación o amenaza de derechos humanos corresponda presentar al Defensor del Pueblo, conservando la coherencia de una doctrina defensoríal unificada, en los temas de su competencia" | En los informes en los cuales se maneje información relacionada con datos personales se atendera a lo establecido en la Ley 1581 de 2012 TÍTULO II - PRINCIPIOS RECTORES - articulo 4 Principios para el Tratamiento de datos personales. | Parcial | 02/12/2019 | Ilimitado |
RECUERDE
En materia de datos abiertos, específicamente la Ley 1712 establece que
las entidades deben “publicar datos abiertos”, teniendo en cuenta las
excepciones de publicar información pública clasificada o información
pública reservada. Algunos ejemplos de esta información son los
siguientes:
Tomado de la guia para apertura de datos... Continuar..